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Informamos a las personas que adoptan un niño/una niña de origen hindu, que una vez que obtenga la nacionalidad española/extranjera deben hacer la renuncia y entrega del pasaporte de la India y obtener el certificado en la Embajada de la India de Madrid en el plazo no superior a tres años. En ningun momento debe de viajar con el pasaporte de la India despues de haber obtenido la nacionalidad española/extranjera. Si los padres adoptivos tienen intencion de viajar regularmente a la India, pueden informarse sobre la posibildad de que el adoptado obtenga la tarjeta OCI.
Por favor lea el link : NOTIFICACION IMPORTANT DE LA EMBAJADA DE LA INDIA DE MADRID PARA SOLICITANTES DE VISADO QUE ANTERIORMENTE HAN TENIDO LA NACIONALIDAD DE LA INDIA Y NO TIENE EL CERTIFICADO DE RENUNCIA DE DICHO PASAPORTE
Para obtener un visado de adopción , por favor, solicite un Visado de Entrada